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Informe de transparencia retributiva

Información obligatoria sobre las brechas salariales de género, con el derecho de los trabajadores a solicitar información salarial de puestos equivalentes y la obligación de indicar rangos salariales en las ofertas de empleo.

A quién se aplica

A empleadores con 250 o más empleados.

En vigor desde

Previsto cuando tu país lo transponga (fecha de la Directiva: 7 de junio de 2027)

Base legal

Directive 2023/970, annual reporting, 250+ employees (national law varies by Member State)

Fuente

Spot-check 2026-08-22 against La Moncloa, INSST, Iberley; docs/claude_climahq-plan-and-audit-2026-08.md §2.4

Verificado el ago 2026

Quién debe cumplir

Empleadores por encima del umbral de tamaño de su tramo de reporte; la frecuencia exacta y la fecha del primer informe dependen del tramo aplicable.

Qué implica una inspección

Una vez en vigor la transposición nacional y el primer ciclo de reporte, el regulador puede solicitar los datos de bandas salariales subyacentes a un informe presentado, no solo sus cifras resumidas.

Coste típico

Principalmente un coste de datos: bandas salariales precisas por puesto y género, los mismos datos que ya exige la obligación del registro retributivo; el formato de informe es el elemento nuevo, no los datos en sí.

Vea en qué situación está su organización respecto a esta obligación

El Radar hace el seguimiento de esta obligación frente a sus propios centros de trabajo y plantilla, no solo en abstracto.